Los beneficiarios del RZF pueden ubicarse dentro o fuera de la Gran Área Metropolitana de San José (GAM) y dentro o fuera de Parques de Zona Franca (empresas administradoras de parques). Sus obligaciones de inversión y ciertos beneficios dependerán de su ubicación, lo que hace que los requisitos de inversión sean más flexibles para quienes se encuentren fuera de la GAM y dentro de un Parque de Zona Franca. Además, las empresas de Zona Franca (bajo las categorías de Comercializazadoras, Servicios, Administradoras de Parque y Manufactura) que deseen ubicarse fuera de la GAM cuentan con alternativas, además a lo que inviertan en activos fijos, para alcanzar la inversión mínima que debe cumplirse como parte de los compromisos para ser beneficiarias del RZF.
En Costa Rica, la regla general para todos los proyectos de Zona Franca es que la inversión debe realizarse en activos nuevos, definidos como:
i. Activos propiedad de la empresa que hayan sido adquiridos por esta con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de Zona Franca.
ii. Las naves industriales, bodegas, edificios, inmuebles y demás activos inmobiliarios, nuevos o usados, adquiridos por la empresa de Zona Franca con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud del régimen de Zona Franca y que estén destinados a la operación de la empresa bajo dicha licencia.
iii. En el caso de activos fijos muebles, estos deberán ser activos nuevos o usados adquiridos en el extranjero, o activos nuevos adquiridos en Costa Rica.
iv. Activos fijos sujetos a fideicomisos de garantía, cuyo fideicomitente y/o beneficiario sea beneficiario del Régimen de Zona Franca, siempre que estén debidamente registrados en los registros contables del beneficiario.
v. Mejoras en propiedad propia o arrendada.
No obstante lo anterior, para las empresas antes mencionadas (empresas de Comercialización, Servicios, Administradoras de Parque y Manufactureras) ubicadas fuera de la GAM, existe mayor flexibilidad para cumplir con el requisito de inversión, ya que hay otras opciones adicionales a las indicadas anteriormente (que podrían representar hasta un 50% del compromiso total de inversión), según se detalla a continuación:
- Infraestructura Pública:
i. Proyectos de mejora o construcción, tales como construcción y conservación de puentes, alcantarillado, redes de abastecimiento de agua potable, instalación y mejora de líneas de transmisión de energía, datos y telecomunicaciones destinadas a mejorar la infraestructura y la convivencia en el cantón donde se establezca la empresa beneficiaria del Régimen de Zona Franca.
ii. Construcción, mejora o conservación de la infraestructura de centros educativos y centros comunitarios de atención, ubicados en el cantón donde se encuentre la empresa.
- Capital humano, entendido como aquel relacionado con la actividad autorizada a la empresa al ingresar al Régimen de Zona Franca, y dirigido al desarrollo de:
i. Cierre de brechas, que incluye la inversión realizada por una empresa con el propósito de reducir las diferencias, limitaciones o deficiencias de las personas en áreas de conocimiento necesarias para el desarrollo de su actividad productiva autorizada dentro del Régimen de Zona Franca.
ii. Nuevas habilidades para la transformación de la actividad.
iii. Investigación y desarrollo.
iv. Inversión en capacitación de suplidores y proveedores, o de potenciales recursos humanos por contratar.
Por lo tanto, ubicar su operación de Zona Franca fuera de la GAM es una excelente opción cuando la empresa enfrenta desafíos para cumplir con el requisito mínimo de inversión en activos nuevos, ya que existirán otras alternativas para alcanzar los mínimos requeridos, tales como infraestructura pública y capital humano.