El decreto ejecutivo Nº 42371-MTSS-S sancionado por el Poder Ejecutivo de la mano de los ministerios de Trabajo y Salud de Costa Rica determinaron “la activación de protocolos y medidas sanitarias en los centros de trabajo por parte de las comisiones y oficinas o departamentos de salud ocupacional ante el COVID-19”. Su objetivo es promover que las comisiones, oficinas o departamentos de salud ocupacional colaboren con la divulgación e implementación de los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud y demás autoridades públicas, ante la declaratoria de estado de emergencia debido a la pandemia por COVID-19.
Este decreto rige para todos los centros de trabajo que se ubiquen en Costa Rica, ya sean públicos o privados y contempla un serie de obligaciones para los patronos, a saber, cumplir con todas las disposiciones legales, protocolos y demás medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud y demás autoridades públicas en cuanto a la aplicación de medidas en los centros de trabajo; informar a los trabajadores sobre el contenido de los protocolos establecidos por las autoridades públicas por la emergencia por COVID-19 y mantener en los centros de trabajo las condiciones de inocuidad y seguridad establecidas en los lineamientos emitidos por las autoridades.
Respecto a las obligaciones de las comisiones, oficinas o departamentos de salud ocupacional, el decreto señalado establece que deberán cumplir con una serie de obligaciones adicionales, entre estas están vigilar que los centros de trabajo cumplan con las disposiciones legales emitidas en los protocolos y lineamientos para la prevención del COVID-19; establecer canales de comunicación entre los patronos y los trabajadores en relación con los lineamientos emitidos por las autoridades; promover actividades de información para la prevensión de riesgos laborales por coronavirus, entre otros.
Por último, el decreto establece que los trabajadores también se encuentran obligados a cumplir una serie de tareas en el ejercicio de sus labores, por ejemplo, reportar cualquier situación de riesgo y de contagio de COVID-19, colaborar y participar en los programas de capacitación, someterse a los lineamientos emitidos por las autoridades sanitarias, entre otros.
Todos los patronos en Costa Rica deben tomar en cuenta lo anterior para sus operaciones y relaciones laborales con sus empleados.